Debes saber... > Cómo funciona
(Artículo 69 y 74 del ET y 6.5 del Reglamento de EE.SS.)
Son electores todos los trabajadores de la empresa o centro de trabajo mayores de 16 años y con una antigüedad en la empresa de, al menos, un mes. Los requisitos de la edad y antigüedad se han de cumplir en el momento de la votación.
Son elegibles los trabajadores que tengan dieciocho años cumplidos y con una antigüedad en la empresa de, almenos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que, por movilidad de personal, se pacte en convenio colectivo un plazo inferior con el límite mínimo de tres meses de antigüedad. Los requisitos de edad y antigüedad se han de cumplir en el momento de la presentación de candidaturas.
Reuniendo los requisistos antes mencionados, ¿quienes son electores y elegibles?:
Electores |
Elegibles |
|
Trabajadores con contrato indefinido |
SI |
SI |
Trabajadores vinculados por contrato de duración determinada |
SI |
SI |
Trabajadores fijos discontinuos aunque en el momento de la votación no estén en activo |
SI |
SI |
Trabajadores a tiempo parcial, tanto los que tienen contrato indefinido como los de duración determinada |
SI |
SI |
Trabajadores Extranjeros |
SI |
SI |
Los que sean miembros de una mesa electoral |
SI |
NO* |
- Quienes lleven a cabo prestaciones personales obligatorias |
NO |
NO |
- Quienes desempeñen el cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que sean sociedades anónimas limitadas |
NO |
NO |
- Quienes realicen su trabajo a título de amistad, benevolencia y buena vecindad |
NO |
NO |
- Familiares del empresario, salvo cuando se demuestre su condición de asalariado |
NO |
NO |
- Quienes intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más emprearios y respondan personalmente del riesgo de las operaciones |
NO |
NO |
- Personal de alta dirección (Art. 16 RD 1382/85) |
NO |
NO |
- Socios trabajadores de las SAL |
SI |
SI |
* Para ser elegibles deben renunciar a su condición de miembros de la Mesa |
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