Artículo 39 |
||
Ayuda para hijos con discapacidad.
|
||
1. Los empleados que cuenten, al menos, con un año de antigüedad en la empresa, y tengan hijos que sufran una minusvalía psíquica, física o sensorial igual o superior al 33% percibirán una ayuda según el grado de discapacidad reconocida: |
||
(C) 2005 - Quedan todos los derechos reservados |
||