InicioComision MixtaConvenios anterioresPermisos.

Consulta0g Según el artículo 27.4 del Convenio MAPFRE, la justificación a que se refiere en los dos primeros párrafos: ¿Es una justificación escrita o una simple justificación verbal del motivo por el que se solicita el permiso?. En cualquier caso: ¿La empresa puede denegar el permiso por entender que la justificación no es válida?

Consulta0h Según el artículo 27.4 del Convenio MAPFRE, el permiso para asuntos particulares, cuando se utiliza para acompañamiento a consulta médica de un familiar de primer grado y aportando justificante médico, no es necesaria su recuperación.

Consulta0i En base a lo estipulado en el Art. 30 puntos 4 y 6. Cuando el personal se acoja a este derecho, y tenga 2 horas de tiempo de comida, ¿el empleado podría cogerse una hora para comer y la otra como recuperación?

Consulta0k El Convenio MAPFRE en su artículo 30.4 dice que "el empleado, previo aviso y justificación podrá ausentarse del trabajo por asuntos particulares hasta un máximo de 3 días al año o, alternativamente, 21 horas." ¿Se debe interpretar de forma que estos 3 días no deben superar un total de 21 horas?

Consulta17 Centro de Conservación de Cartera: ¿se tiene derecho a disfrutar de los días vacantes que pudiera tener la Subcentral, además de lo establecido en Convenio? Consulta nº 17, fecha 08/11/2002

Consulta8 Permiso de salida para los días 5 de enero y 31 de diciembre. Consulta nº 8, fecha 15/04/2002



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