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Participación de la mujer

en los consejos de administración de las sociedades mercantiles.
Las sociedades obligadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias no abreviada, procurarán incluir en sus Consejos un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada entre hombres y mujeres, en un plazo de 8 años desde la entrada en vigor de esta ley.

Se tendrá en cuenta para los nombramientos que deban hacerse a medida que venza el mandato de consejeros designados con anterioridad a esta ley.

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