Consulta 43

Fecha: 03/03/2006
Capítulo: VI. Retribuciones
Artículo: 37
Empresa: CATALANA OCCIDENTE

Antecedentes:
Ninguno

Consulta:
Interpretación del Artículo 37, para saber en qué casos los empleados sujetos al convenio tienen derecho a percibir la dieta cuando no se pernocta fuera del lugar de residencia habitual y qué se entiende por residencia habitual a efectos de aplicación de este derecho.

Resolución:
Aplazada y anulada posteriormente con la Consulta 50.


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