Fecha: 03/03/2006 Capítulo: VI. Retribuciones Artículo: 37 Empresa: CATALANA OCCIDENTE
Antecedentes: Ninguno
Consulta: Interpretación del Artículo 37, para saber en qué casos los empleados sujetos al convenio tienen derecho a percibir la dieta cuando no se pernocta fuera del lugar de residencia habitual y qué se entiende por residencia habitual a efectos de aplicación de este derecho.
Resolución: Aplazada y anulada posteriormente con la Consulta 50. |